La nulidad de la cosa juzgada frudulenta y la necesidad de su modificación en el Código Procesal Civil

Análisis de procesos de la Corte Superior de Justicia de Tacna, período 2011-2013

Autores/as

  • Rosa Ivonne Juárez Ticona Universidad Privada de Tacna

DOI:

https://doi.org/10.47796/ves.v4i2.220

Palabras clave:

Colusión, cosa juzgada, debido proceso, fraude procesal, legitimidad activa

Resumen

Objetivo: El objetivo de la  investigación es determinar si es  necesaria la modificación del  Artículo 178% del Código Procesal  Civil Peruano respecto a la Nulidad  de Cosa Juzgada Fraudulenta.

Método: Nuestro estudio se configuró como  uno del tipo explicativo con carácter  dogmático, mediante el uso del  método científico y analítico. El  diseño de la investigación que se  empleó fue el de causa - efecto,  netamente una investigación transeccional o transversal  descriptivo - correlacional, dentro del  propósito de investigar, las  relaciones entre las variables que se  utilizaron en la investigación, los  problemas planteados y el marco  teórico de la misma. La población de  estudio estuvo comprendida por los  profesionales en materia judicial: Fiscales (12), Jueces (13),  Abogados (2,400) y Docentes  Universitarios (75). Revisión de 05  Casaciones sobre Nulidad de Cosa  Juzgada Fraudulenta. Revisión de  07 Expedientes sobre Nulidad de  Cosa Juzgada Fraudulenta, periodo 2011-2013.  Resultados: La Nulidad de Cosa  Juzgada Fraudulenta; es aquella  única herramienta jurídica que  permite penetrar el ámbito de la  cosa juzgada, haciendo permisible la  revisión de sentencias en forma  excepcional y restrictiva, apoyada en  las causales específicas recogidas  en el artículo 178 del Código  Procesal Civil, por ende, mediante el  citado instituto no se podrá  cuestionar una decisión firme bajo el  formato de un nuevo medio  impugnatorio concedido por la ley a  favor de la parte que agotó todos los  recursos procesales y no se  encuentra conforme con la sentencia  emitida, sino que es más bien, una  garantía sustentada en principios de  justicia, aplicable Únicamente en  casos en los que precisamente por  fraude o colusión en que se hubiera  incurrido, afectando el derecho al  debido proceso; y que, en tal  supuesto, el justiciable perjudicado  no hubiera tenido conocimiento  oportunamente de tales hechos y/o  no hubiera podido hacer uso en  forma válida de los medios de  defensa e impugnación previstos por  ley; por ello, a diferencia de los  demás procesos, en el de cosa  juzgada fraudulenta, se decide sobre  la sentencia impugnada como  fraudulenta, y de ser fundada, su  efecto es puramente rescisorio, es  decir, declara inválida la sentencia  anterior, de tal manera que el objeto  de debate no es la cuestión  sustancial, sino la conducta  calificada como deshonesta, en que  han incurrido las partes procesales,  o el Juez, o todos ellos.  Conclusión: La revisión civil, es uno  de los mecanismos para poder  atacar la conducta fraudulenta en un  proceso judicial, luego de emitida la  sentencia con autoridad de cosa  juzgada. Esta figura, regulada desde  el derecho romano y recogida en las  Partidas, tiene a la nulidad de cosa  juzgada fraudulenta como una de  sus especies

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.

Descargas

Publicado

2015-12-31

Cómo citar

Juárez Ticona, R. I. (2015). La nulidad de la cosa juzgada frudulenta y la necesidad de su modificación en el Código Procesal Civil: Análisis de procesos de la Corte Superior de Justicia de Tacna, período 2011-2013. REVISTA VERITAS ET SCIENTIA - UPT, 4(2), pp. 35 – 47. https://doi.org/10.47796/ves.v4i2.220